{"id":13602,"date":"2021-12-24T10:12:07","date_gmt":"2021-12-24T13:12:07","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/?p=13602"},"modified":"2021-12-24T10:12:09","modified_gmt":"2021-12-24T13:12:09","slug":"los-saldos-tecnicos-de-iva-la-doble-nelson-de-afip-que-asfixia-a-los-productores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/los-saldos-tecnicos-de-iva-la-doble-nelson-de-afip-que-asfixia-a-los-productores\/","title":{"rendered":"Los saldos t\u00e9cnicos de IVA: la doble Nelson de AFIP que asfixia a los productores"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"561\" src=\"https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/DADOS-1-1024x561.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-13612\" srcset=\"https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/DADOS-1-1024x561.png 1024w, https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/DADOS-1-300x164.png 300w, https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/DADOS-1-768x421.png 768w, https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/DADOS-1-1536x842.png 1536w, https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/DADOS-1-2048x1122.png 2048w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>Por Mariano Echegaray Ferrer | Director tributario de AgroEducaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el deporte de la lucha, hay un movimiento que es el m\u00e1s conocido: la \u201cDoble Nelson\u201d. Se trata de la famosa llave en la que un luchador toma al otro de ambos brazos desde atr\u00e1s y lo paraliza totalmente.<\/p>\n\n\n\n<p>Para las empresas agropecuarias, ese luchador es la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (Afip) que les aprieta el brazo financiero por un lado, y el econ\u00f3mico por el otro. Y las inmoviliza de tal manera que se sienten asfixiadas.<\/p>\n\n\n\n<p>No hace falta recordar c\u00f3mo ha quedado en evidencia que el Estado, a trav\u00e9s de su participaci\u00f3n en los impuestos, es un socio permanente en las empresas agropecuarias. Pero a esto \u00faltimo hay que sumar que, en muchos casos, tambi\u00e9n es el principal deudor de los productores, debido a la situaci\u00f3n que se presenta respecto de los saldos t\u00e9cnicos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).<\/p>\n\n\n\n<p>Son supuestos cr\u00e9ditos a favor de las sociedades que, en realidad, se convierten en costos financieros y tambi\u00e9n econ\u00f3micos puesto que terminan siendo un cr\u00e9dito incobrable.<\/p>\n\n\n\n<p>Los productores quedan noqueados, al final, por un impuesto que al final no solo incide en el consumo, sino tambi\u00e9n en la producci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Definiciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Como primera medida, vale recordar c\u00f3mo surgen estos saldos t\u00e9cnicos: es la diferencia entre el IVA que se paga por la compra de insumos, servicios o inversiones necesarias para la producci\u00f3n, y el que se cobra a la hora de la venta.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo que sucede en el agro es que mientras los productores deben abonar un IVA del 21% para sus gastos y compras de insumos, venden su mercader\u00eda con una imposici\u00f3n del 10,5%.<\/p>\n\n\n\n<p>De movida, esto afecta el denominado principio de \u201cneutralidad\u201d que debe regir en todo impuesto y se genera una acumulaci\u00f3n de cr\u00e9ditos fiscales que se mantienen en el tiempo y, como se mencion\u00f3, se convierten en incobrables. Y decantan en costos asociados que muchas veces no se reconocen en los c\u00e1lculos de m\u00e1rgenes del negocio.<\/p>\n\n\n\n<p>De all\u00ed la \u201cDoble Nelson\u201d: el \u201cbrazo\u201d financiero que sufre es el vinculado a esta diferencia entre el IVA pagado por lo comprado en relaci\u00f3n al tributado por lo vendido, mientras que el \u201cbrazo\u201d econ\u00f3mico es la generaci\u00f3n de este cr\u00e9dito permanente que el productor tiene con el Estado y que no logra cobrarlo a corto ni mediano plazo.<\/p>\n\n\n\n<p>El resultado, como es usual, es que en esta lucha siempre el ganador es la Afip. Si a lo mencionado se le suma lo que se apropia por medio de las retenciones, que generan menores ingresos por las ventas de la producci\u00f3n lo que a su vez potencia la inmovilizaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos fiscales, el Estado no solo gana con la apropiaci\u00f3n del margen del negocio, sino que tambi\u00e9n se financia con los cr\u00e9ditos inmovilizados de los productores a tasa cero.<\/p>\n\n\n\n<p>Como si no faltaran problemas, no se puede soslayar el escenario inflacionario que vive la Argentina y que deteriora a\u00fan m\u00e1s el impacto que generan estos saldos de IVA en los m\u00e1rgenes del negocio agropecuario.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Alternativas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Pero lo peor que pueden hacer los productores es golpear tres veces el piso y rendirse: existen maneras de zafar o al menos amortiguar el \u201cdolor\u201d de esta \u201cDoble Nelson\u201d fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p>A tal fin, hay que analizar paliativos y pensar nuevas formas de hacer negocios para amortiguar, evitar y recuperar parte del capital que se encuentra inmovilizado.<\/p>\n\n\n\n<p>El punto de partida es que las ventas de la producci\u00f3n primaria se encuentran a una al\u00edcuota reducida, entonces hay que diagramar negocios que permitan integrar hacia delante, de manera de cambiar la al\u00edcuota de nuestras ventas, o hacia atr\u00e1s para evitar gastos o reducir al\u00edcuota en las compras.<\/p>\n\n\n\n<p>En concreto:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Trabajar con contratos asociativos.<\/strong> El objetivo es disminuir los costos y estos contratos tienen por objeto la distribuci\u00f3n de los resultados de la producci\u00f3n agr\u00edcola. El objetivo es que cada sujeto que integre el contrato aporte algunos de los elementos necesarios para el desarrollo de la actividad, como tierra, insumos, servicios o know how. Una vez obtenida la producci\u00f3n, se reparte el resultado en la proporci\u00f3n del aporte de cada integrante. Con esto se logra que se pueda tener producci\u00f3n y, por ende, ventas sin grandes costos asociados, lo que lleva a una disminuci\u00f3n del saldo de IVA t\u00e9cnico.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Fletes en la liquidaci\u00f3n primaria.<\/strong> Sirven para bajar el IVA en el gasto. El servicio de flete tiene una al\u00edcuota del 21%, pero si es liquidado en forma conjunta con la comercializaci\u00f3n de granos, pasa a ser un accesorio de la operaci\u00f3n principal y se encuentra alcanzado a la tasa reducida del 10,5%. De esta manera se disminuye el monto de un gasto relevante al momento de vender los granos. Del mismo modo, las comisiones y gastos incluidos en liquidaci\u00f3n primaria resultan alcanzados a la tasa reducida.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Compra de insumos en canje.<\/strong> En este caso el beneficio no es la reducci\u00f3n del IVA, pero s\u00ed el diferimiento del efecto financiero. Son transacciones de intercambio en especies para adquirir bienes o servicios, a trav\u00e9s de las que el vendedor de insumos\/servicios entrega o presta el servicio y los factura sin el IVA respectivo, quedando el impuesto pendiente al momento en que se perfecciona la entrega de los granos para el pago. En el momento del pago se emite el IVA por la compra y se cancela el total de la operaci\u00f3n con la venta. Con esto se beneficia tanto el vendedor de insumos como el productor: el primero no genera un impuesto anticipado, sino que lo difiere al momento de su cobro, y el segundo realiza la venta sin que se apliquen las retenciones de una venta habitual y en el mismo periodo se refleja tanto el IVA por la compra como por la venta.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se puede aumentar el cr\u00e9dito fiscal vinculado con las ventas:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Contrato de pastaje.<\/strong> Es una herramienta para aquellos que tengan un sistema mixto de producci\u00f3n y con ello potenciar el recupero del cr\u00e9dito a trav\u00e9s de prestar servicios. En este contrato, una parte se compromete, sin conceder el uso y goce de un predio rural, a recibir animales de un tercero para que se alimenten de sus pasturas, asumiendo la responsabilidad del cuidado sanitario de los animales. Este contrato no es por un predio sino por un servicio lo que trae asociado un IVA a la al\u00edcuota general del 21%. Vale aclarar que si bien tiene un nombre similar, no es lo mismo que el contrato de pastoreo, porque en este \u00faltimo el objetivo es ceder el uso y goce, y con ello se encuadra dentro de los tipos establecidos por la Ley de Arrendamientos Rurales, una operatoria con IVA exento.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Convenios de multiplicaci\u00f3n de semillas.<\/strong> Permiten captar la al\u00edcuota general en la venta del producto. En este caso, son acuerdos entre productores y un semillero, en los que el productor compra la semilla \u201coriginal\u201d y la produce en su propio campo, la acondiciona o no, seg\u00fan lo acordado por contrato, y entrega al semillero el producido. Como no es una operaci\u00f3n de comercializaci\u00f3n de granos, estas ventas se encuentran alcanzadas por la al\u00edcuota del 21%, lo que implica un recupero mayor.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Maquinaria propia.<\/strong> Contar con equipos de trabajo propio contribuye a no tener tantos gastos asociados en la producci\u00f3n y por ende menor IVA por compra.&nbsp; Se puede complementar con la prestaci\u00f3n de servicios, lo que permite aumentar ventas y cambiar de al\u00edcuota para el caso de los productores tradicionales.&nbsp; De esta manera, el productor que cuenta con maquinaria puede realizar parte de sus labores de producci\u00f3n y puede recuperar saldos inmovilizados en el IVA, por medio de la venta de servicios a terceros.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Servicios y semillas.<\/strong> En tanto, si la prestaci\u00f3n de servicios se complementa con servicios vinculados a la producci\u00f3n de semillas, permite captar la al\u00edcuota general. La regla general es que la prestaci\u00f3n de servicios vinculada a la producci\u00f3n se encuentra alcanzada a una tasa reducida, pero estos servicios solo gozaran del tratamiento de la al\u00edcuota reducida en la medida que se encuentren vinculadas a la obtenci\u00f3n de bienes que gocen de la reducci\u00f3n de al\u00edcuota. En consecuencia, en el caso de servicios vinculados a producci\u00f3n de semilla, se aplica la al\u00edcuota general, lo que genera un recupero al por mayor del saldo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Conclusi\u00f3n: una mirada integral<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En definitiva, recuperar el capital de trabajo inmovilizado dentro de la declaraci\u00f3n jurada de IVA es un trabajo adicional en el que hay que analizar cada alternativa, porque podemos encontrarnos con aspectos a favor y en contra en cada una de ellas.<\/p>\n\n\n\n<p>A favor encontramos la utilizaci\u00f3n de cr\u00e9ditos, nuevas tasas o inclusive nuevas formas de llevar adelante los negocios; en contra, podemos tener nuevos impuestos asociados, como puede ser el caso de Ingresos Brutos o perder alg\u00fan beneficio por la actividad que se desarrolla.<\/p>\n\n\n\n<p>De todos modos, m\u00e1s all\u00e1 de lo que pueda hacer cada productor para recuperar los saldos inmovilizados, no deber\u00eda ser su responsabilidad buscar diferentes recovecos para poder salir del laberinto que le presenta constantemente la Afip.<\/p>\n\n\n\n<p>Es momento de que se comience a discutir esta situaci\u00f3n como el grave problema que representa para las empresas que generan empleo y desarrollo, y que el Estado busque soluciones que impriman una din\u00e1mica adicional a un negocio que es el principal motor productivo del pa\u00eds, pero que, ins\u00f3litamente, no puede trabajar de manera libre porque le aplican una \u201cDoble Nelson\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Mariano Echegaray Ferrer | Director tributario de AgroEducaci\u00f3n En el deporte de la lucha, hay un movimiento que es el m\u00e1s conocido: la \u201cDoble Nelson\u201d. 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