{"id":11537,"date":"2021-06-07T12:04:16","date_gmt":"2021-06-07T12:04:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/?p=11537"},"modified":"2021-06-10T13:46:49","modified_gmt":"2021-06-10T13:46:49","slug":"argentina-el-pais-que-destruye-los-impuestos-progresivos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agroeducacion.com\/website\/argentina-el-pais-que-destruye-los-impuestos-progresivos\/","title":{"rendered":"Argentina, el pa\u00eds que destruye los impuestos progresivos"},"content":{"rendered":"\n<p>Por Mariano Echegaray Ferrer &#8211; Docente de Agroeducaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>La nueva ley que incide para las sociedades corre el mismo riesgo que la que afecta a las personas humanas: la inflaci\u00f3n produce desfasajes que hacen que las escalas continuamente se desactualicen.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde su concepci\u00f3n, el Impuesto a las Ganancias cumple a la perfecci\u00f3n el principio de progresividad que es la base de un buen sistema tributario: expresado sin demasiadas vueltas, que los que m\u00e1s tienen sean los que m\u00e1s paguen.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, tambi\u00e9n desde su elaboraci\u00f3n, el gravamen debe estar dise\u00f1ado para actualizarse correctamente ante cambios bruscos de los par\u00e1metros que se utilizan para su cobro. Por ejemplo, si hay una fuerte inflaci\u00f3n de los precios relativos.<\/p>\n\n\n\n<p>No hace falta aclarar qu\u00e9 pa\u00eds es uno de los mejores ejemplos al respecto: en Argentina, mientras los precios van a la velocidad de la liebre, los ajustes de los par\u00e1metros de Ganancias viajan como la tortuga, con la diferencia de que en este caso la liebre no se conf\u00eda; por el contrario, es alimentada por un Gobierno al que muchas tortugas pueden escap\u00e1rsele, menos la de los recursos fiscales.<\/p>\n\n\n\n<p>Y mientras tanto, la zanahoria que persigue toda empresa para ser sustentable, que es ganar dinero para reinvertirlo y generar empleo, le queda cada vez m\u00e1s lejos.<\/p>\n\n\n\n<p>La nueva ley que el Senado aprob\u00f3 la semana pasada y que incide sobre las ganancias de las sociedades es un nuevo moj\u00f3n en esta carrera que Argentina corre a velocidad de la liebre para terminar de patentar otro invento de marca nacional: La destrucci\u00f3n de las escalas progresivas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Pautas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Para analizar el impacto de la nueva normativa, en principio hay que analizar c\u00f3mo estaban dispuestas las al\u00edcuotas hasta hoy.<\/p>\n\n\n\n<p>Los ejercicios iniciados el 1\u00b0 de enero de 2020 ten\u00edan una tasa \u00fanica vigente para empresas del 25% para sus resultados. Pero en 2019, al aprobarse la ley de solidaridad, se estableci\u00f3 mantener una tasa del 30% para los ejercicios iniciados en 2020, en virtud de la emergencia declarada.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, la situaci\u00f3n para los ejercicios comenzados en 2021 fue con una tasa del Impuesto a las Ganancias del 25%, a lo que se suma un 13% para los dividendos.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora, la nueva ley incluye una estructura de al\u00edcuotas marginales escalonadas: un primer escal\u00f3n del 25% para ganancias netas acumuladas de hasta 5 millones pesos; el segundo, del 30% para m\u00e1s de 5 millones y hasta 50 millones; y el \u00faltimo, del 35% para empresas que superen los 50 millones. En cuanto a los dividendos distribuidos, se pagar\u00e1 en todos los casos la al\u00edcuota del 7%.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>De esta manera, el gr\u00e1fico que se muestra a continuaci\u00f3n exhibe de manera clara c\u00f3mo la presi\u00f3n impositiva crece notoriamente para las empresas. Solo mantienen una tasa del 25 por ciento aquellas compa\u00f1\u00edas que ganen hasta 5 millones de pesos; por encima de ese monto, una que obtiene 10 millones paga 27,5% (2,5 puntos m\u00e1s que antes); la que tiene un resultado de 100 millones, abona 32,25% (7,25 puntos m\u00e1s); y la que alcanza 500 millones, tiene una tasa de 34,45% (casi 10 puntos m\u00e1s).<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/lh5.googleusercontent.com\/uEk3FaOTMJJC2asPUj5igtiDEC0itahg7OQ1clS4Tx1877N4gn-VavgJpNP17xiXb3A5KRxJHNxBXa4swAa42Osef04haOAsLfj0o4aR9LS4CCduX5k-ba1cLzcLncfBhjSPBP0\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Si bien en esta nueva situaci\u00f3n se respeta el principio de progresividad, el problema es que, con los niveles de inflaci\u00f3n actuales, esas escalas saltan r\u00e1pidamente.<\/p>\n\n\n\n<p>De movida, con estos valores, una sociedad que gana m\u00e1s de 31.000 d\u00f3lares anuales ya comienza a tributar un 30% sobre el excedente, que en el caso de una empresa agropecuaria significa apenas cinco camiones de soja u ocho de ma\u00edz; cifras que a medida que transcurra el a\u00f1o ser\u00e1n menores.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Escala Completa<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Otra lupa interesante que puede posarse para profundizar el an\u00e1lisis es la tasa total; es decir, ganancias m\u00e1s dividendos. Esta imagen ampliada lo que muestra es que, a menor distribuci\u00f3n de utilidades, mayor incidencia en la escala tiene la nueva ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Veamos tres escenarios de distribuci\u00f3n de dividendos como ejemplo:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Al 100%.<\/strong> Con la ley anterior, se ten\u00eda una tasa fija del 34,75%; con la ley nueva, una tasa progresiva que va de 30,25% hasta un 39,21% en nuestro caso con el tope de ingresos elegido (750 millones de pesos). En la pr\u00e1ctica, en aquellas compa\u00f1\u00edas que distribuyen la totalidad de sus resultados, solo las que ganan menos de 50 millones de pesos tienen una escala total inferior a partir de la normativa aprobada la semana pasada.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/lh4.googleusercontent.com\/VqPaclkx3s7rUKYL_6AzdKYwGLKjNiRX6Id2L-5cNzKkLbO9yP2HuvdjfQcGvMQ9HaHjesOBOAY4JOmBgZzUhuNy9v3RAPBrqpOZLQvzJ5VNWmnXDBZNNqgy92O2ti4dc5xEVbM\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>Al 50%.<\/strong> Con la ley anterior, la tasa fija era del 30,25%; con la nueva, es progresiva del 27,63% al 36,92%. En este caso, el beneficio de la escala menor con la ley actual se ve si la empresa tuvo ganancias inferiores a 10 millones de pesos y distribuye la mitad.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/lh5.googleusercontent.com\/sHWyVaMjQvhmb2fyBok6kG8F9l8WrAJ7ektXc7tycmhH5-B874k2wKMNoOGJRBX8hEy82WUUH4PdNM9BUQrGxE6rmdSFQCPhiWhv2CBz5LN65lEDMsR2RqPe3pFsKMAsuGowFk8\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>Al 20%.<\/strong> Se pasa una tasa fija del 26,95% a una progresiva que va de 26,05% a 35,55%. El resultado es que solo una peque\u00f1a pyme que obtenga resultados por menos de 5 millones de pesos tiene una tasa menor, si distribuye 1 de cada 5 pesos ganados.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/lh6.googleusercontent.com\/EzpD2zJZDsQlZPIE3Ih8KDScbth1FHWGPj96bkpeamAG_p-PlbbzVKPLdk01iDG8GgVc6wR2O2UN1JSgquonuC4olusWbgFIP3ZHQKdai6yTMnpsgpnTwr0m42hoOXQGXJKsTSI\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>En conclusi\u00f3n: a menor distribuci\u00f3n de resultados, m\u00e1s impuesto se paga con la nueva ley.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Actualizaci\u00f3n Anual<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, otra arista ineludible que debe ponderarse en este an\u00e1lisis es que no todas las empresas cierran su ejercicio en diciembre. Si tomamos los datos de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) muestran, por ejemplo, que el 60 por ciento de las empresas finalizan su ciclo anual entre enero y noviembre.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/lh4.googleusercontent.com\/wiA9O-tMY7IvoB3lOkLz5SYiWn1jSUw3NMRjWlFv4qOdFKBgvHRpkIpw1wMZ-Ca_y1BaKDGOrocL3Lln6cTz0YOpNRYgqx30nDR0qPZpfeb4tjzhgrsmSzNeEMz_AO6BznWwFgo\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 es importante la fecha de cierre? Por la incidencia de la actualizaci\u00f3n de la escala, que se basa en el \u00cdndice de Precios, tomando como par\u00e1metro la inflaci\u00f3n de octubre a octubre de cada a\u00f1o, siendo los nuevos valores utilizados a partir del 1\u00b0 de enero de cada ejercicio.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto implica que puede haber casos en los que, desde que se realiza el ajuste de escala hasta que cierra el ejercicio, puede pasar un per\u00edodo de hasta 25 meses, como es el caso de los cierres de noviembre.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfC\u00f3mo se llega a esta conclusi\u00f3n? Si suponemos que el primer cierre de ejercicio que va a usar la actualizaci\u00f3n son los que inician en enero, como el \u00edndice que se toma es el de octubre, hay 14 meses para aquellas compa\u00f1\u00edas que culminan su ejercicio en diciembre.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, por cada mes de inicio diferente a enero, se suma un mes de diferimiento, quedando m\u00e1s expuesto al deterioro inflacionario.<\/p>\n\n\n\n<p>Y aqu\u00ed es donde vuelven a aparecer la liebre recaudadora que va por una autopista y las actualizaciones que son una tortuga en un camino de tierra: en un pa\u00eds con altos niveles de inflaci\u00f3n, el desfasaje entre el ajuste y la aplicaci\u00f3n de la escala genera la destrucci\u00f3n de la progresividad.<\/p>\n\n\n\n<p>El antecedente ya se puede ver con las escalas para personas humanas, que en los \u00faltimos 20 a\u00f1os se actualiz\u00f3 860 por ciento, mientras los precios de la soja subieron 16.546% y, los del ma\u00edz, 19.556%, tomando el ejemplo de productos agropecuarios. Para los pr\u00f3ximos a\u00f1os, es l\u00f3gico esperar que suceda lo mismo con las sociedades y que Argentina siga alimentando un nuevo invento nacional: La destrucci\u00f3n de las escalas progresivas.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Mariano Echegaray Ferrer &#8211; Docente de Agroeducaci\u00f3n La nueva ley que incide para las sociedades corre el mismo riesgo que la que afecta a las personas humanas: la inflaci\u00f3n produce desfasajes que hacen que las escalas continuamente se desactualicen. 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